El Congreso del Estado aprobó sancionar la inasistencia injustificada de diputadas y diputados a reuniones de comités y comisiones legislativas.
Para ello se reformó la Ley Orgánica del Poder Legislativo, a iniciativa del diputado Edmundo Azael Torrescano Medina, del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Ahora los faltistas presentarán escrito ante quien presida la comisión de que se trata, adjuntando constancia médica, o el oficio de encomienda, en su caso.
Por cada falta a las reuniones de comisión o comité se les descontará lo equivalente a un día de la dieta que perciben las y los legisladores.
La ausencia sin previo aviso sólo se tendrá por justificada cuando, por incomunicación, caso fortuito o fuerza mayor, no se haya podido avisar de la inasistencia.
Si la falta fuere de la presidenta o presidente de la comisión o comité, el escrito y sus anexos deberán presentarse a la vicepresidenta o el vicepresidente, y en ausencia de éstos, a la secretaria o el secretario.
Además, quien no acuda a tres sesiones plenarias consecutivas, o acumule 10 faltas en el período de un año sin previa licencia del Congreso o sin causa justificada a juicio de la Directiva, cesará en el desempeño de su cargo.
De presentarse el caso se llamará a la persona suplente, quien tendrá derecho a percibir las dietas correspondientes.
Aunque lo anterior ya estaba previsto, se añadieron como causas que justifican las faltas la enfermedad y otras afecciones.