Para poder recibir las participaciones federales, el Consejo Directivo Universitario (CDU) de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) aprobó la aplicación del Anexo de Ejecución que envió la Secretaría de Educación Pública federal, el cual les prohíbe el uso de recursos federales para el pago de “prestaciones laborales que no estén expresamente señaladas en el Apartado Único” del documento referido.
No obstante, el CDU no cuenta con las facultades para modificar el Contrato Colectivo de Trabajo con académicos y personal de base, aunque las prohibiciones también afectan a administrativos, personal directivo y de confianza, pues impide a las universidades públicas disponer del presupuesto federal para subsidiar en el caso de la UASLP, la aportación del ISSSTE que le toca al trabajador.
En 1973, por acuerdo del CDU se propuso que esa “prestación” la absorbiera en su totalidad la UASLP. En otras instituciones públicas y privadas, una parte la paga el patrón y la otra el trabajador.
Hasta el momento, la rectoría no ha recibido peticiones por parte del Sindicato Administrativo de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, para revertir el acuerdo aprobado por el CDU de poner en marcha del Anexo de Ejecución.
Por su parte, el CDU le dio facultades a la Comisión de Hacienda de la UASLP para que resuelvan cómo se podría pagar esa prestación, ya que la votación fue en lo general y no en lo particular, asimismo, hasta el momento a ningún trabajador se le ha descontado nada, ya que no se ha consumado y no se han firmado las negociaciones de ajuste salarial.
Una posible solución a la problemática se esboza en el referido documento enviado por la SEP para el manejo del presupuesto, el cual señala que “cualquier prestación reconocida por la universidad a los trabajadores que difiera de las indicadas en el Apartado Único, deberá ser cubierta con recursos distintos a los federales", es decir, podrían ser cubiertos con ingresos propios o estatales.