Debido a una practica inadecuada, oportuna, completa y eficaz por parte de personal del Hospital del Niño y la Mujer en diciembre del 2021, una bebé resultó con afectaciones severas, por lo cual, deberá recibir atención médica de por vida, reveló una investigación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).
Dentro del expediente 1VQU-0046/2022, el 5 de diciembre de 2021 la madre acudió en diversas ocasiones a dicho hospital, que en una cuarta ocasión presentó un dolor intenso por lo que al ingresarla le dijeron que su bebé estaba sin vida, sin embargo, al intubarla su corazón volvió a latir y la trasladaron a la Unidad de Cuidados Intensivos.
Informó que luego de la valoración se obtuvo un diagnóstico de asfixia perinatal, posteriormente diagnosticada con edema cerebral acumulación de líquidos en las células cerebrales. Que, al ser dada de alta el 18 de enero de 2022, le entregaron un resumen médico que ni siquiera tenía nombre del médico, de lo que se dio cuenta el personal del archivo.
Como parte de la Recomendación No. 08/2023, un perito dictaminador en ginecología y obstetricia del Colegio de la Profesión Médica del Estado (CPME), acreditó que se dejó progresar el embarazo hasta las 41.6 semanas, no documentándose que hubiera proporcionado información sobre riesgos de prolongar embarazo más allá de las 41 semanas.
Expuso que tras estudiar el expediente clínico, validó que ni se realizó ultrasonido, ni registro cardiotocográfico, ni tampoco se especificaron en las indicaciones médicas a su ingreso.
Advirtió que desde que fue valorada por el triage obstétrico transcurrieron una hora y 43 minutos, hasta la hora de nacimiento, obteniéndose un producto sin esfuerzo respiratorio, ni frecuencia cardiaca, diagnosticándose asfixia perinatal y encefalopatía hipoxico-isquémica estadio 2.
"Estas omisiones que generaron que se obtuviera un neonato con alta morbilidad eran previsibles para la ciencia médica en cuanto se hubiera proporcionado una atención prenatal de calidad, con la información necesaria y suficiente para que la paciente no prolongara su embarazo más allá de las 41 semanas", resolvió la opinión técnica.
Así, recomendó a los Servicios de Salud del Estado cumplir con reparación integral del daño causado a la madre y su hija; que Órgano Interno de Control investigue y resuelva las responsabilidades; acciones tendientes a cumplir la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-2016, a fin de garantizar la no repetición de los hechos.