Aunque sí se tomaron en cuenta las inquietudes de las escuelas particulares en la reforma a la Ley de Educación del Estado y se especificó que no se expropiarán los bienes inmuebles de estas instituciones, el Congreso del Estado mantuvo la ambigüedad acerca de la utilización o uso de esas propiedades, por lo que se espera la promoción de varios amparos contra esa normatividad, informó el abogado Luis González Lozano.
Este día, el pleno del Congreso del Estado votará una reforma a la citada legislación, que, de forma inicial generó controversia entre el sector educativo privado, por lo cual, los diputados debieron atender puntos y observaciones de los colegios particulares.
González Lozano dijo en entrevista que solo se modificará con “deficiencia” el artículo 94 de la citada ley, lo cual, deja a los colegios privados en “estado de indefensión”, pues seguirá existiendo la ambigüedad acerca de la utilización y/o uso de sus bienes, aunque no se expropiarán.
Adujo que lo anterior se debió a la redacción en “fast track” y sin transparencia, fundamentada cronológicamente de la siguiente manera: el 30 de abril pasado, se presentó la iniciativa al Congreso del Estado; el 7 de mayo se turnó a comisiones; el 14 de mayo del 2020, se aprobó en el Pleno; y ese mismo día el Poder Ejecutivo acepta la ley y la publica en Periódico Oficial del Estado (POE).
“No hubo en su momento consulta, foros, consensos, etcétera. Sigue existiendo la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Educación, dado que viola derechos humanos y diversos principios en contra de las instituciones de educación, el derecho a la educación democrática y de calidad, la libertad de cátedra y la certeza jurídica”, expresó.
Además, asumió que ejerce control y censura sobre las instituciones privadas, el derecho de autogestión y decisión sobre el destino de los recursos obtenidos lícitamente por los entes particulares; contraviene el principio de libertad académica, transgrede el principio de legalidad y abre el paso a la incertidumbre jurídica, así como permitir la utilización de bienes privados y hay ambigüedad y falta de criterios para cumplir los requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, sustentabilidad e higiene.