El martes de la próxima semana, día 30 de mayo, vencerá el plazo para que las empresas hagan efectivo el reparto de utilidades a su personal, en tanto que, para las personas físicas o patrones, el plazo se extiende hasta el 29 de junio.
De acuerdo con el Sistema de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a partir de ambas fechas, las y los trabajadores dispondrán de un año completo para reclamar esta prestación.
Las empresas o patrones que incumplan con la obligación de entregar utilidades a sus empleados, podrán ser objeto de multas que van de las 250 a las 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), de acuerdo con lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
A valores actuales, la sanción sería de entre 25 mil 935 y 518 mil 700 pesos.
Las y los trabajadores que laboren para un patrón tienen derecho al reparto de utilidades y en caso de no obtenerlo, la autoridad invita a denunciar el caso al correo inspeccionfederal@stps.gob.mx y a recibir asesoría de distintas dependencias de gobierno.
Entre los casos de patrones que no estarían obligados a entregar utilidades al personal a su cargo, se cuenta el de aquellos que declararon menos de 300 mil pesos de ingreso anual a través del Impuesto sobre la Renta (ISR).