Debido a que policías de investigación realizaron diligencias inadecuadas, dos de cuatro implicados en la privación ilegal de la libertad y asesinato de una adolescente de 15 años en el municipio de Tampamolón Corona, cometidos en enero de 2016, obtuvieron la excarcelación por tales delitos.
Ello sucedió dado que el juez que conoció del asunto anuló las pruebas recopiladas por los elementos de la entonces Policía Ministerial del Estado (PME), expone la Recomendación 09/2021 dirigida a Federico Arturo Garza Herrera, titular de la Fiscalía General del Estado (FGE).
El juzgador dictó que no se acreditó la participación de dos imputados en dichos delitos, toda vez que de la información obtenida por los oficiales, éstas contravienen Derechos Humanos como procedimentales, es decir, se actualiza la ilicitud y nulidad de las pruebas y actos de investigación.
Lo desestimado corresponde a: obtención y aseguramiento de un tambo de agua que estaba adentro del domicilio; recopilación de elementos filamentosos, periciales que dieron el resultado de los elementos filamentosos, que se concatenó con el ADN obtenido del cuerpo de la víctima; y el aseguramiento del vehículo marca Nissan, propiedad del segundo implicado.
Asimismo, la pericial que comparó las huellas del neumático encontrado en el lugar donde se halló en el cadáver, con las de la llanta de la camioneta propiedad del imputado; y el análisis realizado con el cruce de llamadas y georreferencia de los 4 números telefónicos proporcionados.
Aunque los padres de la menor de edad impugnaron el fallo, el 4 de octubre de 2018, el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Noveno Circuito, negó la protección al no advertir violación de los derechos humanos de los quejosos, en cuanto a que las únicas pruebas licitas incorporadas al juicio oral, consistentes en los dictámenes de necropsia, de mecánica de lesiones, dinámica de hechos, así como diversos testigos, no eran insuficientes para demostrar la plena responsabilidad penal de los dos señalados.
En tanto, el 19 de febrero de 2018, se dictó sentencia condenatoria por el delito de homicidio calificado, en contra de una menor de edad que participó en el asesinato de la adolescente de 15 años, según información remitida en el expediente de queja 2VQU-213/2017, dos policías
Respecto al cuarto imputado, si bien se le giró la orden de aprehensión, hasta el 17 de diciembre de 2020 no había sido posible la localización del sujeto, en razón a que no se encontraba en Tampamolón Corona, respondió la Fiscalía.
De tal manera, la CEDH recomendó a Garza Herrera: abonar para la inscripción de los padres como víctimas indirectas en el Registro Estatal de Víctimas; y cumplimentar la orden de aprehensión pendiente de desahogar; y colaborar en la indagatoria que inicie el Órgano de Control Interno.
Además de colaborar con la investigación que inicie la Unidad de Asuntos Internos en contra de los oficiales; y capacitar a los policías de investigación sobre el correcto actuar y desahogo de diligencias.