Asegura Profepa loros en peligro de extinción en SLP

Informó que los trasladó a un espacio autorizado para su cuidado

Dos loros fueron asegurados por parte de elementos de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), quienes atendieron un reporte sobre la posesión de dos psitácidos en un domicilio del estado de San Luis Potosí.

El resguardo de los ejemplares de vida silvestre derivó de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la presencia de dos aves, un loro corona lila y un loro cachetes amarillos, especies que se encuentran en peligro de extinción y cuya comercialización está prohibida.

Por medio de redes sociales, la autoridad ambiental encabezada por Mariana Boy Tamborrell, destacó que la participación de la ciudadanía "es fundamental para proteger nuestra biodiversidad", por lo que a través del hashtag "#TuCasaNoEsSuCasa", hizo un llamado a no poseerlos.

Luego de reportar la presencia de las aves en el lugar, personal de la Profepa llevó a cabo una visita de inspección en donde finalmente quedaron en resguardo de la dependencia. Los ejemplares fueron trasladados a un Predio o Instalación que Maneja Vida Silvestre (PIMVS), un espacio autorizado para cuidar y criar animales o plantas silvestres fuera de su hábitat natural.


Loros, especie en peligro de extinción

Ambas especies de loro están enlistados en la NOM-059-SEMARNAT-2010 debido a que están en peligro de extinción. De acuerdo con la Profepa, las 22 especies de pericos mexicanos están consideradas en peligro de extinción, por lo que su extracción, comercialización y posesión está prohibida por las leyes mexicanas.

Cabe destacar que en 2025, la autoridad ambiental lanzó una campaña contra la venta de psitácidos en la que alertó que la habilidad que poseen para "repetir palabras, su simpatía y belleza", los han convertido en el grupo de aves más afectado por el tráfico ilegal de especies en nuestro país.

En ese mismo año estimó que la captura ilícita afectaba a 34 mil y 41 mil 500 ejemplares de psitácidos anualmente, manteniendo una tasa de mortalidad "muy alta", ya que, reportó, 7 de cada 10 ejemplares muere antes de llegar a su destino final.

El Artículo 60 Bis2 de la Ley General de Vida Silvestre prohíbe el aprovechamiento extractivo de ejemplares de guacamayas, loros y pericos, cuya distribución natural sea en México. Estas especies no pueden ser sujetas de aprovechamiento con fines comerciales.

Según la Profepa, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) solo puede dar autorizaciones de aprovechamiento extractivo con fines de conservación o investigación y sólo las autoriza cuando se trata de instituciones académicas acreditadas.