Exige PAN responsables concretos de obra fallida

Presenta la fracción blanquiazul una denuncia ante la Contraloría para que aplique la Ley de Obras

Los diputados de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional en el Congreso presentaron una denuncia en la Contraloría General del Estado para que investigue las responsabilidades del residente de obra y de su superior jerárquico, el director de la JEC, en el colapso del brazo en construcción en el distribuidor Juárez.

Los legisladores Sonia Mendoza Díaz, Vianney Montes Colunga, Rolando Hervert Lara, José Antonio Zapata Meraz, Ricardo Villarreal Loo y Rubén Guajardo Barrera pidieron suspender los trabajos conforme a la Ley de Obra Pública hasta en tanto no se determinen las responsabilidades por la fallida construcción.

La denuncia, sellada de recibido el día de ayer, señala que “si sucede un percance como el que sucedió, no podemos suponer sumariamente que ‘son cosas que pasan’”, como lo justificó el gobernador del Estado, Juan Manuel Carreras López. Las leyes de Obra Pública especifican previsiones técnicas que no se cumplieron, sin considerar además que pudo tener peores consecuencias para la vida humana.

En referencia a la obligación de una indagatoria seria, clara y a fondo, los legisladores apelan en su escrito a artículos de las constituciones federal y estatal relativos al derecho a la información de asuntos públicos, el régimen de responsabilidades de los funcionarios públicos y el ordenamiento de aplicación eficaz y adecuada de los recursos públicos.

En específico sobre las posibles responsabilidades, señalan que la Ley de Obra establece la suspensión temporal de una obra, en forma total o parcial, por causa justificada. El colapso del brazo en construcción el pasado 8 de febrero entra claramente en esa consideración, señalan.

La ley también considera terminación anticipada del contrato de obra por razones de interés público y cuando su continuidad puede ocasionar un daño, o cuando la suspensión temporal es incierta. No hay, apuntan, una certeza de la inexistencia de más fallas en esa construcción.

El artículo 118 de la Ley de Obras dispone establecer desde antes del inicio de los trabajos la residencia de obras, a cargo de un servidor público que será responsable de supervisar, vigilar, controlar y revisar los trabajos in situ. El residente debe tener acceso a los proyectos arquitectónico, ejecutivo y de ingeniería de la obra, que implican memorias, cálculos, planos y evidencias gráficas de evolución de los trabajos. En este caso, se aduce como potencial causa el desgaste de la cimbra, algo que debió advertir un adecuado seguimiento.

Señalan que de acuerdo con los ordenamientos técnicos para prevenir percances como el ocurrido, “podemos presumir que el residente de obra correspondiente incumplió con sus obligaciones para llevar a cabo la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos, así como cumplir con las demás funciones que le precisa el Reglamento de resta Ley”.

Los denunciantes extienden la presunción de responsabilidad al titular de la JEC, en “carácter originario, ya que como superior jerárquico está obligado legalmente a supervisar, verificar, constatar y en su caso prevenir o corregir a sus subordinados entre otros el residente de obra”.