Ahora que el alcalde Enrique Francisco Galindo Ceballos ha hecho pública su intención de buscar la reelección, cabe recordar lo que la Ley dispone para que el Cabildo de la capital otorgue licencia al edil para ausentarse por un periodo mayor a los 60 días naturales.
La estrategia expresada por el propio aspirante es participar, primero, en los procesos internos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Acción Nacional (PAN) y Partido de la Revolución Democrática (PRD) para lograr la candidatura en alianza. Ya que se obtenga esto, Enrique Galindo solicitará licencia al cuerpo edilicio.
Sin embargo, de acuerdo con los tiempos electorales, el presidente municipal debe separarse de su cargo antes del lunes 4 de marzo de 2024, fecha en la que comienza la cuenta regresiva de los 90 días previos a las elecciones del domingo 2 de junio.
La Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí en su apartado XVI del Artículo 70, señala que el edil debe presentar solicitud de licencia por escrito y causa justificada al Cabildo, cuando su ausencia sea mayor a 10 días.