Multarán uso de animales para jalar carretas de basura en SLP

La reforma a la Ley de Protección a los Animales establece multas de 3 a 120 UMA por utilizar animales para jalar carretas de basura o fierro.

El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas a la Ley de Protección a los Animales para sancionar el uso de vehículos tirados por animales destinados a la recolección de fierro, basura o residuos domésticos, una práctica considerada como maltrato animal.

Las modificaciones establecen multas de 3 a 120 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que en términos reales representa sanciones que van de aproximadamente 340 a 13 mil 600 pesos, de acuerdo con el valor vigente de la UMA.

El dictamen fue presentado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente y busca reforzar la prohibición ya contemplada en el artículo 36 de la ley estatal, relacionada con el uso y tránsito de animales de tracción para actividades de recolección de residuos.

Además, la reforma amplía el catálogo de conductas sancionables al prohibir la colocación de productos o implementos nocivos sobre la piel de los animales, ya sea por motivos estéticos o de cualquier otra índole. La única excepción será el tatuaje con fines de identificación o reconocimiento de raza.

En el documento aprobado se señala que la intención es fortalecer la protección y el bienestar animal en San Luis Potosí, alineando la legislación local con una visión ética y legal respaldada por tratados internacionales y normas estatales y municipales que ya reconocen el uso de animales de tracción como una forma de maltrato.

La reforma se suma a una tendencia legal que promueve el retiro progresivo de estas prácticas, mediante sanciones económicas y medidas coercitivas, con el objetivo de erradicar el uso de animales en actividades que impliquen sobreesfuerzo, lesiones o condiciones de vida inadecuadas.