De la "herencia maldita", se heredaron tres Recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), relativa a falta de protección a los trabajadores agrícolas, informó Néstor Eduardo Garza Álvarez, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) de Gobierno del Estado.
En entrevista, reportó que la No. 209/2022 fue dirigida a la administración de José Ricardo Gallardo Cardona, pero deriva de hechos suscitados en el municipio de Villa de Arista, durante la gestión del priista Juan Manuel Carreras López.
Garza Álvarez describió que la STPS ha atendido a los puntos recomendatorios de la CNDH, y allanado a los señalamientos y necesidades de cumplimiento que le corresponde, además de colaborar con la Fiscalía General del Estado (FGE), el Instituto de las Mujeres del Estado (Imes) y el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), a fin de resarcir las omisiones.
"Estamos en pleno cumplimiento. En la última que es la del 2022, estamos todavía, como es un gran número de personas agraviadas por la falta de pago, ya que habían contactado un subcontratista y se fue con el dinero, la Comisión Estatal Ejecutiva de Víctimas ha estado en la tarea de contactar a cada una de las personas", refirió.
Con similitudes a la recomendación No. 70/2016, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), documentó en la No.209/2022 explotación de jornaleros agrícolas dedicados a la pizca de jitomate en la Zona Altiplano de San Luis Potosí, esta vez en el municipio de Villa de Arista, donde 38 personas fueron víctimas de trata con fines de explotación laboral.
Según el expediente de queja CNDH/5/2020/9505/Q, la Red Nacional de Jornaleros y Jornaleras Agrícolas A.C., denunció que 33 personas migrantes indígenas nahuas, originarias de los estados de Hidalgo y Veracruz laboraron desde mediados de julio de 2020 en un rancho como jornaleros agrícolas, bajos situaciones insalubres, precarias y de explotación laboral.
Los jornaleros, entre ellos cinco menores de edad, una persona con discapacidad y un adulto mayor, trabajaban con un sueldo específico, a un plazo de 90 días, sin embargo, no se cumplió lo convenido pues solo les dieron un "enganche" y "prestamos", que les descontaron de su salario.