La juez primera de distrito, Fabiola Delgado Trejo, dictaminó improcedente la promoción de juicio de amparo de la ex oficial del Registro Civil María Teresa Carrizales Hernández, quien reclamó la desposesión de la sede de la Oficialía 11 que ocupaba.
Carrizales Hernández promovió amparo en contra del presidente municipal Xavier Nava Palacios por “la desposesión material del primero de julio del año en curso respecto del inmueble que constituye la sede de la Oficialía número 11”.
La juzgadora motivó la improcedencia porque los actos reclamados derivan de una relación de coordinación entre particulares, de patrón y trabajadora, y no de un nexo jurídico de supra a subordinación, de autoridad a ciudadano.
Fundamentó con los artículos 8° y 23° de la Ley del Registro Civil en el Estado la relación laboral existente, pues el primero señala que “el Oficial titular y personal de las oficialías serán remunerados por el ayuntamiento que corresponda, con quien se tiene entendido la relación laboral” y el otro establece que “los oficiales serán trabajadores de confianza de los ayuntamientos quienes deberán hacerse cargo de todos los gastos de oficina”.