A poco más de dos meses y medio de reportarse el deceso por Covid-19 de un hombre sin datos de identificación en el municipio de Ciudad Valles, todavía sigue sin darse con el paradero de algún familiar que reclame el cadáver.
El 1 de junio pasado, Miguel Ángel Lutzow Steiner, portavoz del Comité Estatal para la Seguridad en Salud, reportó el deceso del varón en dicha municipalidad, quien padecía encefalopatía isquémica como factor de riesgo a la enfermedad.
“Fue llevado hace algunas semanas al hospital, se le brindó atención médica y lamentablemente el 31 de mayo falleció, con un resultado que tenía previamente confirmado a coronavirus. Esta persona fue atendida con todos los elementos, al igual que todas las personas, con la misma calidad de la atención”, afirmó en esa ocasión Lutzow Steiner.
De acuerdo con información de la Secretaría de Salud de Gobierno del Estado (Ssa) divulgada este domingo, la defunción se notificó de manera oficial al Agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado (FGE).
La dependencia estatal encabezada por Mónica Liliana Rangel Martínez, precisó que la instancia de procuración de justicia se hizo cargo del cuerpo. “Si no lo reclaman, se dispone en la fosa común”, advirtió.
Aunque la Ssa informó tal aseveración, el lineamiento de manejo general y masivo de cadáveres por la enfermedad del Gobierno de México, establece que frente a ese tipo de casos, el cuerpo debe ser remitido al Servicio Médico Legista (Semele) para la emisión de un informe que acredite la realización de un examen externo del mismo, entre otras disposiciones.
La guía técnica oficial especifica que, además del citado estudio, se deberá incluir la fotografía del rostro, rasgos individualizantes, así como datos biométricos (huellas digitales, muestras genéticas con las debidas precauciones).
El documento del gobierno federal creado ante la contingencia sanitaria, precisa que dicho formato deberá de ser enviado a las autoridades correspondientes, así como a la Comisión Nacional y Estatal de Búsqueda de Personas.
Establece que debe haber tumbas individuales para casos sospechosos o confirmados y no identificados de Covid-19 “claramente marcadas”, no se podrá realizar exhumación de los mismos antes de 180 días, a partir de la fecha en que se haya enterrado.
“Queda prohibida la incineración de los cuerpos no identificados o identificados no reclamados de personas fallecidas por sospecha o confirmación de SARS-CoV-2”, aclara la disposición federal.