El distrito electoral federal 5 es el que concentra las cuatro quejas que hay porque integrantes de un partido político desarrollaban tareas de promoción para la revocación de mandato, informó Fernando Martín Faz Mora, consejero del Instituto Nacional Electoral.
Recordó que el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece un principio que el propio consejero Ciro Murayama interpretó como parte de la claridad de los lineamientos del instituto para dar seguimiento al caso, y a la interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Recordó que el INE solo tiene un caso detectado por él mismo y otros tres son denuncias ciudadanas.
Faz Mora aseguró que no ha recibido ningún tipo de presiones, con independencia de que fue presentada una queja ante el órgano de control para que se analice la legitimidad de su desempeño en el caso en específico que él mismo detectó.
Dijo suponer que se le correrá traslado de la queja presentada, y él tratará de responder, pero recordó que el INE está hecho precisamente situaciones y la gente del servicio profesional electoral sabe responder a eso.
Recordó que ya tiene muchos años en este oficio, y sabe que ese tipo de promociones legales vienen de un medio propicio para que así sucedan, cómo ocurre en este caso por lo que parece ser es una forma de litigio impulsada por el partido político en cuestión.
Explicó que ese caso lo tendrá que resolver el consejo distrital 5 por la naturaleza de la acción de la que se trata, es decir el promocional de calle de un partido político por un asunto que no le corresponde.