Involucrados en “Fiesta Fantasma” de la ASE devolverán monto desviado… en abonos

La juez Dora Irma Carrizales, encargada del caso de “La Fiesta Fantasma” aceptó que los acusados del desvío de 600 mil pesos del erario de la Auditoría Superior del estado (ASE), más actualizaciones, repusieran el monto desviado, aceptando un pago inicial de 350 mil pesos y el resto, en futuros abonos.

La decisión, tomada esta mañana, involucra al ex titular de la ASE, José de Jesús Martínez Loredo, a los ex funcionarios Abraham Payán y  Fernando Barrera Guillén, además del presunto proveedor que recibió el pago, Benjamín Lozano Canseco.

La audiencia en la que se tomó el acuerdo fue celebrada esta mañana en el Centro Integral de Justicia Penal de la capital. 

Los acusados por la Fiscalía General del Estado, a instancias de una denuncia de la ASE, propusieron la restitución del dinero mal utilizado, al que debieron sumarle el monto de las actualizaciones financieras, por lo que la suma que deberán devolver roza los 700 mil pesos.

La parte señalada propuso entregar 350 mil pesos de manera inmediata, y el resto en abonos, lo que fue concedido por la juzgadora.

La decisión se declaró procedente, pese a la oposición de la ASE, señalaron fuentes cercanas al caso.

El asunto de la “Fiesta Fantasma” se descubrió en febrero de 2017, cuando se descubrió un cheque por 600 mil pesos para un presunto festejo de la Navidad de 2016.

Cuando se le inquirió a la dependencia que explicara el gasto, Martínez Loredo cayó en contradicciones asegurando que había sido para financiar un festejo navideño para funcionarios de la Auditoría Superior de la Federación. La dependencia federal desmintió la información.

La ASE cambió su versión, señalando que se habían adquirido canastas navideñas, pero no se comprobó su compra a Lozano Canseco.

La ASE presentó ante la Fiscalía General del Estado la denuncia. Ésta presentó el caso y logró la vinculación a proceso de los imputados y hoy, con el resarcimiento del daño, la representante judicial consideró resuelto.