Juez vincula a proceso a Enrique Flores por cohecho

Video sobre la ecuación corrupta no necesitaba una autorización de un juzgado federal, se argumentó en la audiencia

En el vencimiento del plazo el juez de oralidad penal, Felipe Aurelio Torres Zúñiga dictó el auto de vinculación a proceso por el delito de cohecho en agravio de la administración pública y del presidente municipal de Ébano Crispín Ordaz Trujillo, en contra del ex diputado Enrique Alejandro Flores Flores.

También dictó una medida cautelar de firmar cada 15 días para garantizar las comparecencias, y un plazo de 6 meses para completar la investigación qué tentativamente concluyen el 6 de septiembre próximo.

En caso de que el juez dicte una sentencia condenatoria ahora vinculado a proceso alcanzaría una pena mínima de 5 años de prisión y una pena máxima de 12 más una pena pecuniaria consistente en el doble del monto del recurso solicitado al presidente municipal Crispín Ordaz Trujillo.

Fuera de la audiencia, Enrique Alejandro Flores se mostró en contra de una resolución, por considerar que de una simple inferencia no se puede tomar una decisión de migrar a proceso, como ocurrió con la operación matemática que habla de la solicitud de los 4 millones de pesos.

Dijo que eso le lesionó, pero seguirá el proceso completo hasta su conclusión en tanto revisa otras medidas legales.

Comentó que los diputados Manuel Barrera Guillén, Oscar Bautista Villegas y José Guadalupe Torres Sanchez están exculpados, pero observó que también hay 22 alcaldes que no fueron citados y que en el caso de que hubiera otro alcalde que se hubiera sentido lesionado con seguridad se hubiera presentado.

A su vez, la defensa no sea que va a ir a un proceso al titular de la Fiscalía General del Estado, por variar la acusación presentada al congreso del estado para el desafuero y presentar una imputación distinta ante los juzgados penales.

Con ello, Flores Flores deberá enfrentar un juicio en materia penal que en la investigación formalizada deberá resolverse por medio de la etapa de cierre de investigación formalizada del ministerio público.

El juez argumentó para dictar la vinculación a proceso el cumplimiento de una serie de requisitos, tales como la existencia de una imputación que consideró sustentada, y argumentó que el video aportado por el alcalde de Ébano Crispín Ordaz Trujillo, no necesitaba una autorización de un juzgado federal puesto que no se trata de una conversación privada grabada por teléfono.

Inicialmente el agente de Ministerio Público había solicitado la prisión preventiva como medida cautelar.