La asignación directa no es ilegal: B. Pérez

Luego de que trascendiera información sobre los contratos de obra pública del Ayuntamiento de Soledad que en el año pasado se hicieran con empresas de otros estados, por asignación directa, el secretario general del Ayuntamiento, Benjamín Pérez Álvarez, señaló que la ley prevé diversas formas de contratación, como la licitación, la invitación restringida y, en algunos casos institucionales, la adjudicación directa. 

El funcionario sostuvo que, en este caso, alguna de estas debió obedecer a una forma de contratación de este tipo. 

“Primero hay que definir qué entendemos por beneficiadas. El listado de contratistas que han resultado favorecidos con alguna adjudicación, en cualquiera de sus modalidades que contempla la ley de obras públicas, no lo conozco; sin duda, es un tema que atañe a la dirección de Infraestructura.”

Insistió en que la ley prevé diversas formas de contratación y que, en el caso de la adjudicación directa, esta es una modalidad de contratación de obra en todos los entes contratantes de cualquier nivel de gobierno; reiteró que es una figura que contempla la ley y de la que se echa mano.

“Sin duda, más que beneficiar, creo que son los contratistas o las empresas, ya sean personas físicas o morales, las que presentan una propuesta eficiente y que se puede cumplir en los tiempos marcados de acuerdo con las normas que la propia dirección de Infraestructura requiere en sus convocatorias.”

En ese sentido, afirmó que hay casos excepcionales que contempla la ley y que, si se adecuan a alguna de las hipótesis que contempla la misma, es algo permitido por la normativa.