El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Noveno Circuito, con cabecera en San Luis Potosí, emitió una sentencia en la que niega el amparo a Cal Química Mexicana S.A. de C.V. para continuar con sus labores de construcción y operación.
La compañía inició una solicitud de juicio de amparo en contra de la sentencia dictada por la Segunda Sala del Tribunal Estatal del Justicia Administrativa, donde se declaró la ilegalidad e invalidez de la licencia de uso de suelo del predio ubicado en Carretera San Luis-Rioverde de la Delegación Villa de Pozos, San Luis Potosí, expedida poco antes de la conclusión de la administración municipal anterior.
Esta resolución confirma que los habitantes de diversos fraccionamientos de La Florida han tenido la razón, a pesar de la resolución de dos administraciones municipales y toda la actual administración estatal, en ya más de 5 años de juicios en contra de una licencia de uso de suelo que se otorgó en lo que los vecinos de las colonias cercanas interpretaron como una violación a sus derechos humanos.
El amparo directo negado a la empresa calera, confirma la sentencia emitida por la Segunda Sala del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, donde se declaró la ilegalidad e invalidez de la licencia de uso de suelo, por lo tanto, la empresa no cuenta con licencia de uso de suelo vigente, y sin embargo, de acuerdo al reporte de los vecinos, sigue construyendo sin ningún impedimento.