Medidores de agua no tendrán costo para los usuarios

El pleno del Congreso del Estado aprobó ayer que los aparatos medidores y su instalación, para la verificación del consumo de agua del servicio público, serán suministrados a los usuarios por el prestador de servicios a la firma del contrato.

En sesión ordinaria de este viernes, se estableció de forma unánime la prohibición de que los usuarios instalen de forma unilateral algún medidor, incluyendo los de descargas. 

Además, se dispuso que es obligación del prestador de servicios instalar medidores que cumplan con las disposiciones legales y normas oficiales aplicables.

Mientras que, en el caso de los medidores para las descargas de usuarios de los servicios comercial e industrial, el costo de la instalación y reposición será a cargo del usuario.

Todo lo anterior corresponde a reformas a la Ley de Aguas para el Estado.

En tanto que en la Ley de Cuotas y Tarifas para la Prestación de Servicios Públicos de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado, Saneamiento y Disposición Final de Aguas Residuales del Interapas, para el ejercicio fiscal 2022, se definió que la contratación del servicio de agua potable, es obligatoria la instalación de aparatos medidores de agua, los que serán colocados por el organismo o por quien designe el mismo.

El cobro total o parcial que el Interapas hubiera realizado por concepto de aparato medidor al usuario, en el ejercicio fiscal 2022 relativo al servicio doméstico, la cantidad respectiva será devuelta en abono a cuenta de los cobros mensuales o bimestrales subsecuentes que por ese servicio se realicen.