El Gobierno del Estado publicó un decreto administrativo con el que se reformó el Reglamento de la Ley del Registro Civil de San Luis Potosí, a fin de facilitar el registro de hijas e hijos de personas mexicanas nacidos en el extranjero y avanzar en la modernización de los trámites que se realizan en esta dependencia.
Con estos cambios, ya no será necesario presentar apostilla o legalización consular para inscribir actas de nacimiento emitidas fuera del país, siempre que se trate de personas hijas de madre, padre o ambos mexicanos, así como de migrantes en retorno con nacionalidad mexicana. La medida permitirá agilizar los trámites y reducir los costos que enfrentan las familias.
El decreto señala que, en estos casos, bastará con presentar el certificado de nacimiento expedido en el extranjero y el acta de nacimiento del padre o madre mexicanos, lo que facilita el reconocimiento del derecho a la identidad y el acceso oportuno a servicios básicos.
De manera paralela, el reglamento incorpora el Sistema Electrónico de Anotaciones Marginales, que permitirá realizar de forma digital las modificaciones o complementos a las actas del Registro Civil, incluidas las derivadas de resoluciones judiciales. Estas anotaciones electrónicas tendrán la misma validez jurídica y valor probatorio que las realizadas de manera manuscrita.
Las autoridades estatales informaron que estas reformas forman parte de una política de simplificación administrativa y modernización del Registro Civil, y precisaron que su aplicación será obligatoria una vez que el decreto, ya publicado en el Periódico Oficial del Estado, entre en vigor.