En la audiencia de imputación, el juez asignado para la discusión de la vinculación a proceso, determinó el no ejercicio de la acción penal para los policías que fueron turnados por el agente del Ministerio Público federal por supuestos hechos de corrupción, mientras ellos aseguraban a hombres armados.
La defensa demostró que fue recibido en el transcurso, un expediente de carpeta de investigación en el que se hacía creer que un informe policial homologado, contaba como evidencia.
El Ministerio Público federal argumentaba alteración de evidencias, pero se le cayó el dato de prueba, por tratar de confundir al juez y al propio agente de Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción. La audiencia se desarrolló en el Centro de Reclusión de La Pila.
Los agentes policiales fueron detenidos a solicitud del Ministerio Público federal, luego de que éstos a su vez detuvieron a unos hombres con armas, y supuestos testigos inventaron que los policías alteraron el informe policial homologado, hecho que el agente de Ministerio Público interpretó como alteración de evidencias, cuando de acuerdo al abogado defensor de los policías, un informe policial no es propiamente una evidencia, sino el parte informativo relacionado con el operativo.