En el delito de violencia familiar, las víctimas pueden otorgar el perdón a la víctima, sin embargo, no resulta procedente en situaciones reiteradas y en contra de grupos vulnerables como adultos mayores, niñas, niños y adolescentes, explicó Lourdes Anahí Zarazúa Martínez, magistrada presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE).
“Incluso la Corte ha señalado que, tratándose de violencia familiar en contra de grupos vulnerables, como pueden ser los menores y los adultos mayores, pues tampoco procede dada la naturaleza”, añadió.
Aunque no especificó la cantidad, refirió que este año el juzgado especializado ha dictado órdenes de protección en favor de mujeres víctimas de violencia en el seno familiar.
La magistrada presidenta matizó que no existe un promedio definido de penalidad para los agresores familiares, porque a diferencia de otras conductas delincuenciales, depende de cada asunto en específico.
Subrayó que, si el Tribunal de Enjuiciamiento impone una sentencia condenatoria de cinco años al imputado puede establecerse un acuerdo con la defensa víctima, sin embargo, es necesario cumplir ciertos requisitos de ley.