A más de un año de una sentencia federal que ordena garantizar el acceso permanente al agua potable, habitantes de la comunidad Puerto La Descubridora, en el municipio de San Nicolás Tolentino, continúan sin el servicio y dependen de pipas irregulares y de agua contaminada para cubrir sus necesidades básicas.
El fallo, ya firme, ordenó la implementación de una política hídrica para asegurar el abasto continuo, además de establecer que, mientras se concreta, el Ayuntamiento encabezado por la alcaldesa, Alejandra Deyanira Ortiz Márquez debe dotar de agua potable de forma constante. Sin embargo, de acuerdo con Flor Celeste Zamarrón García, abogada de Perteneces, ambas disposiciones enfrentan rezagos: las autoridades responsables —la Presidencia Municipal y la Comisión Estatal del Agua (CEA)— mantienen sin definir la estrategia y el suministro provisional no se cumple en condiciones suficientes.
Actualmente, el abasto se limita a pipas que llegan con baja frecuencia y con volúmenes insuficientes para una población que no es menor. Aunque recientemente se solicitó aumentar la entrega a dos veces por mes, la medida no ha resuelto el problema, lo que ha obligado a las familias a recurrir a un estanque en malas condiciones, donde el agua presenta contaminación y presencia de ganado.
Zamarrón García explicó que ante la escasez, los habitantes hierven el agua o la exponen al sol para intentar hacerla potable, pese a que se trata de un recurso que no es apto ni siquiera para contacto. A esto se suma la falta de infraestructura para almacenarla, por lo que la comunidad solicitó a la Secretaría de Desarrollo Social y Regional (Sedesore) su inclusión en programas de entrega de tinacos, sin que hasta el momento exista respuesta.
Aunque no se han reportado enfermedades asociadas, el riesgo sanitario persiste, especialmente en temporada de calor. Mientras tanto, de acuerdo con la organización acompañante, la implementación de la política hídrica permanece detenida en trámites administrativos que podrían prolongarse otro año, sin que la orden judicial se traduzca en un acceso real, suficiente y digno al agua para la comunidad.