El personal de salud que cometa violencia obstétrica, podrá alcanzar una pena de prisión de dos a cinco años y sanción económica de hasta 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, 31 mil 122 pesos.
Así lo propone Yolanda Josefina Cepeda Echavarría, diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), mediante una reforma que busca una adición al artículo 247 BIS del Código Penal del Estado.
Tal penalidad corresponde a ciertas acciones como practicar cesárea sin el consentimiento de la madre, pero si la parturienta es obligada a parir a una forma diferente a sus usos y costumbres, la sanción es de seis meses a dos años de cárcel y multa de hasta 200 días de UMA, equivalente a 20 mil 748 pesos.
Aunado a lo anterior, platean la suspensión de la profesión, cargo u oficio, por un término igual al de la pena privativa de libertad impuesta, y el pago de la reparación integral del daño.
Cita que en San Luis Potosí registró una prevalencia de maltrato en la atención obstétrica de 31.4 por ciento contra las mujeres de 15 a 49 años cuyo último parto o cesárea ocurrió durante los últimos cinco años, según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares ENDIREH 2021.