El abandono de mujeres embarazadas podría tipificarse como delito en San Luis Potosí, con penas de hasta cinco años de prisión, tras una iniciativa presentada por la diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez para reformar el Código Penal del Estado.
La propuesta plantea la adición del artículo 204 TER, en el que se establece que quien abandone a una mujer en estado de embarazo, colocándola en condiciones de vulnerabilidad que afecten su integridad, dignidad o seguridad, será sancionado con uno a cinco años de prisión, además de una multa de 150 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
El proyecto también contempla agravantes. En caso de que el abandono derive en lesiones o ponga en riesgo la salud de la mujer o del producto, la pena podría incrementarse hasta en una tercera parte. Si como consecuencia se produce la muerte, las sanciones aumentarían hasta en una mitad tanto en su mínimo como en su máximo.
Al presentar la iniciativa, la legisladora señaló que el abandono durante el embarazo no sólo es un acto de irresponsabilidad, sino una problemática persistente que ha sido normalizada socialmente, dejando a muchas mujeres en condiciones de vulnerabilidad física, emocional y económica.
Indicó que esta conducta forma parte de una estructura más amplia de desigualdad, en la que las mujeres enfrentan solas las consecuencias de decisiones compartidas, lo que reproduce patrones históricos de subordinación.
En este sentido, subrayó que el abandono puede entenderse como una forma de violencia estructural de género, por lo que consideró necesario que exista una sanción clara en la legislación penal.
La iniciativa fue turnada a las comisiones correspondientes del Congreso del Estado para su análisis y eventual dictamen.