El abogado José Mario de la Garza presentó una iniciativa para tipificar como delito de lesión por cuestiones de género lastimar a alguna mujer arrojándole ácido, para lo cual solicita una pena de 14 años de prisión.
El Congreso del estado recibió la iniciativa del abogado para modificar los artículos 142 bis y 142 ter y agregar un capítulo completo al título Primer, relacionado con los delitos contra la vida y la integridad corporal contenido en el Código Penal del Estado.
En su exposición de motivos, la iniciativa advierte sobre el incremento de la violencia en general, y contra las mujeres en particular.
Indica que la iniciativa busca llamar la atención sobre “una forma de conducta cada vez más recurrente y que refleja un grado de sevicia extrema”: el ataque con ácido en la cara para provocar un daño irreparable, que marca de por vida a la víctima.
Por ello, señala, para disuadir casos semejantes, el abogado propone crear un tipo penal particular para este delito y evitar que quede impune.
El nuevo capítulo propuesto, el III bis, se denomina Lesiones cometidas contra las mujeres en razón de su género, que prevé de 7 a 14 años de prisión a quien cause ese tipo de daño, definido como lesiones infamantes, degradantes o una mutilación y que se comprobara la existencia de amenazas previas o violencia.
La pena aumenta a entre 9 y 18 años de prisión en caso de que entre el implicado y su víctima hubiera habido relaciones sentimental, afectiva, laboral, de parentesco, docente o de subordinación.