La Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obra Pública (Seduvop) enfrentó el desechamiento de un segundo amparo contra la orden que le dio la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) para que transparentara los contratos de obra para el remozamiento de la Feria Nacional Potosina (Fenapo).
El Juzgado Octavo de Distrito emitió una resolución el 4 de abril pasado en la que sobreseía el amparo por la Secretaría presentado a mediados de marzo contra la resolución del 26 de febrero pasado en la que el Pleno de la CEGAIP revocó la declaratoria de reserva que la Seduvop emitió en octubre del año pasado para declarar reservados durante cinco años.
El argumento del Juzgado fue que la Ley de Amparo establece que el desechamiento ocurre cuando existe “un motivo manifestó e indudable de improcedencia”, condición que se cumple debido a que, señala el fallo, la Fracción I del apartado A del artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que “toda la información en posesión de cualquier autoridad,,, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional…” y también que “las resoluciones del organismo garante son vinculatorias, definitivas e inatacables por los sujetos obligados”.
Para la Seduvop, como sujeto obligado por las normas de transparencia, debe acatar estas disposiciones, considera el juzgado.
Por ello, consideró el juzgador “lo procedente es desechar de plano la demanda de amparo”.
La semana pasada este medio reveló que la Seduvop promovió un amparo, distinto a este, ante el Juzgado Quinto de Distrito, que quedó bajo el expediente 432/2024, pero que comparte el mismo acto impugnado: la derogación del acuerdo de reserva.