Prohíben en San Luis la venta de animales

Una vez que entró en vigor una reforma al artículo 119 de la Ley de Protección a los Animales del Estado, en San Luis Potosí está prohibida la venta de animales en la vía pública y por cualquier medio digital, cuando no se cuente con el permiso legalmente expedido por la autoridad competente.

Ahora supone que los ayuntamientos deberán garantizar el cumplimiento de la legislación. Por ejemplo, en la capital potosina son conocidos los puntos de comercialización de diferentes ejemplares en la calle.

En el conocido mercado sobre ruedas de “Las Vías”, la población puede obtener perros de varias razas, cotorros y otro tipo de aves. Lo mismo sucede con en el mercado República, centro comercial donde se ofertan pájaros como periquitos australianos, gorriones, cenzontles, cardenales, calandrias, entre otros.

De acuerdo con dicha ley, las infracciones denunciadas por escrito serán aplicadas por la Secretaría de los Ayuntamientos, tomando en cuenta las circunstancias señaladas en el segundo párrafo del Artículo 87 de esta Ley.

Cuando el Síndico del Ayuntamiento considere que existen elementos suficientes de responsabilidad, lo hará del conocimiento del probable infractor, para que aporte pruebas de su intensión, en el plazo de 3 tres días, dentro del que recabara de oficio las que estime conducentes. 

Posteriormente, turnará el expediente al secretario del Ayuntamiento, quien emitirá la resolución respectiva, dentro de los 5 días siguientes al en que reciba el expediente. 

En el fallo, se tomará en cuenta las circunstancias en que se cometió la infracción, la gravedad de la misma, las condiciones socio económicas del infractor, el carácter intencional o no y si se trata de reincidencia. El Síndico deberá notificar personalmente la resolución al infractor y a la tesorería municipal para que la ejecute.