Quienes pretendan contraer matrimonio en San Luis Potosí, tendrían que presentar la solicitud ante la Oficialía del Registro Civil acompañada, entre otra documentación, la protesta de decir verdad, si alguno o ambos contrayentes, son personas deudoras alimentarias morosas.
Aunado a ello, adjuntar certificado de no inscripción en el Padrón Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas, del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias o su equivalente.
Así lo proponen los abogados Melissa Mariel Galicia Rico y César Francisco González Viera, a través de adicionar diversas disposiciones en las Leyes del Notariado para el Estado y del Registro Civil del Estado.
Alegan que no se restringirá su derecho de casarse, pero sí va a prevalecer el derecho a la verdad y el derecho de decidir sobre casarse con su futuro cónyuge, quien podría ser una persona deudora alimentaria.
Robustecen que, para los actos de compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, el notario público exigirá el certificado de no inscripción en el Padrón Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas, del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias o su equivalente.
"Cuando se le reclama el pago de alimentos a una persona deudora de alimentos por la vía judicial, en el mejor de los casos se espera que cumpla su obligación. En otras ocasiones, evaden su responsabilidad, ya sea renunciando a su empleo o vendiendo los bienes de los que son propietarios", complementan.