Proponen que personas deudoras alimentarias tengan que acreditar no adeudo para contraer matrimonio

Quienes pretendan contraer matrimonio en San Luis Potosí, tendrían que presentar la solicitud ante la Oficialía del Registro Civil acompañada, entre otra documentación, la protesta de decir verdad, si alguno o ambos contrayentes, son personas deudoras alimentarias morosas.

Aunado a ello, adjuntar certificado de no inscripción en el Padrón Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas, del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias o su equivalente.

Así lo proponen los abogados Melissa Mariel Galicia Rico y César Francisco González Viera, a través de adicionar diversas disposiciones en las Leyes del Notariado para el Estado y del Registro Civil del Estado.

Alegan que no se restringirá su derecho de casarse, pero sí va a prevalecer el derecho a la verdad y el derecho de decidir sobre casarse con su futuro cónyuge, quien podría ser una persona deudora alimentaria.

Robustecen que, para los actos de compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, el notario público exigirá el certificado de no inscripción en el Padrón Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas, del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias o su equivalente.

"Cuando se le reclama el pago de alimentos a una persona deudora de alimentos por la vía judicial, en el mejor de los casos se espera que cumpla su obligación. En otras ocasiones, evaden su responsabilidad, ya sea renunciando a su empleo o vendiendo los bienes de los que son propietarios", complementan.