Con una reforma a dos marcos jurídicos, los abogados César Francisco González Viera y Melissa Mariel Galicia Rico, plantean que, en controversias de reconocimiento de paternidad, las pruebas de ADN corran a cargo del Estado.
Los abogados proponen adicionar un segundo párrafo al artículo 21 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado; y agregar un segundo párrafo al artículo 234 del Código Familiar para el Estado.
Exponen que, en donde se involucren niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad y siempre que se requiera tal procedimiento, ésta será proporcionada por el Estado, a través del órgano o dependencia competente.
Agregan que en los casos de investigación de la paternidad o de la maternidad de los hijos nacidos fuera del matrimonio, el Estado también deberá proporcionar la misma.
Matizan que no en todos los juicios se habrá de garantizar la gratuidad de la prueba, sino solamente en aquellos que los sujetos de derechos no tengan la posibilidad económica para sufragar la prueba.
Solicitaron que al no tener posibilidad, ni facultad para realizar una valoración del impacto presupuestal, la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado establezca lo correspondiente en ese sentido.