El proyecto presentado por el gobernador José Ricardo Gallardo Cardona para la creación de la Guardia Civil Estatal implicará cambios radicales, tales como la desaparición de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE) y de la Dirección General de Seguridad Pública del Estado (DGSPE).
Según la propuesta entregada al Congreso del Estado, a la SSPE la suplirá la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, y a la DGSPE, la Guardia Civil Estatal, ésta dependiente de la primera.
Plantea que la Secretaría tendrá facultades para crear y poner en operación bajo el mando y subordinación directo e inmediato de la Guardia, cuerpos de seguridad con funciones sustantivas u operativas en materia de seguridad pública, también grupos de élite para trabajos de inteligencia, de reacción inmediata y de implementación de tácticas.
Tendrá una Academia, enfocada en la preparación de los aspirantes a integrar los cuerpos de seguridad, así como la actualización y profesionalización del personal de las instituciones de seguridad, y la capacitación de docentes e investigadores en materia de seguridad.
En caso de que los órganos jurisdiccionales determinen que la resolución por la que se impone la remoción es injustificada, en ningún caso procederá la reincorporación o reinstalación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiese promovido de conformidad con el artículo 123, Apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política.
Advierte que el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa en ningún caso ordenará la reincorporación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. Tal circunstancia será inscrita en el Registro Nacional correspondiente.
Cuando exista manifiesta imposibilidad de algún ayuntamiento para prestar el servicio de tránsito por razones económicas o administrativas, previo convenio con los ayuntamientos, la Secretaria, a través de la Guardia, podrá hacerse cargo en forma total o parcial.
Dentro de los transitorios, señala que el Poder Ejecutivo del Estado tendrá un plazo máximo de 180 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor, para modificar o generar una nueva reglamentación y manuales, hasta en tanto le serán aplicables las disposiciones normativas vigentes.
Aclara que el personal de la SSPE y DGSPE pasará a las nuevas corporaciones, sin detrimento o menoscabo de sus derechos ya adquiridos.