Además de demandar la nulidad del decreto de declaratoria del Área Natural Protegida Sierra San Miguelito, ante la Sala Especializada de Medio Ambiente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, los comuneros de San Juan de Guadalupe reclaman el pago de una indemnización de 4 mil millones de pesos por los daños y perjuicios causados derivados de ese acto administrativo.
La comunidad encamina también la defensa de sus intereses por la vía del amparo, del que ya obtuvo suspensión provisional.
A principios de febrero, presentó demanda de nulidad del decreto publicado el 13 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación que declara Área Natural Protegida (ANP) más de 11 mil hectáreas en los municipios de Mexquitic de Carmona, San Luis Potosí, Villa de Arriaga y Villa de Reyes.
Con un vasto expediente técnico, los comuneros argumentan ausencia de fundamentación o de motivación del decreto y señalan que el documento usó una norma ambiental que ya no está vigente desde hace más de una década, la “NOM – 059 – SEMARNAT – 2010 -Protección Ambiental – Especies nativas de México de flora y fauna silvestres – Categorías de riesgo y exclusión”.
En cambio, contrastan, no cita ni se soporta en la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable, vigente para la conservación de flora silvestre, ni en la Ley de Aguas Nacionales, respecto de la supuesta zona de recarga del acuífero.
Señalan que la declaratoria no partió de ningún programa de ordenamiento ecológico del territorio nacional como instrumento de planeación obligada por el artículo 26 constitucional, porque no lo hay “y si no existe todo es fruto de un acto viciado por inexistente que impide cualquier estudio previo justificativo y a su vez una declaratoria de ANP”.
Los demandados para efectos de la indemnización por los perjuicios que este decreto causa a la comunidad, sólo uno de los 36 núcleos agrarios afectados, son: el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador; la titular de la Semarnat, María Luisa Albores González; la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales como dependencia; el titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, Román Guillermo Meyer Falcón y la Sedatu como institución.
“De todos y cada uno de los sujetos de derecho referidos, se demanda solidaria y mancomunadamente, el pago de la indemnización por concepto de daños y prejuicios que serán demostrados en su oportunidad procesal y la condena que se dicte, deberá ser de manera conjunta o solidaria”, solicitan.
La indemnización se reclama “por las faltas graves que señala el artículo 6°, cuarto párrafo, fracciones I y II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y la reparación de los perjuicios económicos que resiente la Comunidad de San Juan de Guadalupe y Anexos, Tierra Blanca y San Miguelito, es por el pago de la cantidad de $ 4,000’000,000.00 que serán a beneficio del núcleo agrario demandante”.