No es normal que un procedimiento penal tarde más de la cuenta, pero está sucediendo, porque las partes en conflicto recurren a diversas medidas legales que van retrasando las resoluciones, y esa es la causa por la que en apariencia, un asunto se tarda más de lo que pudiera ser deseable, aseguró la presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Olga Regina García López.
Aseguró que hasta ahora no hay ningún interno de centro de reclusión que cuente con medida cautelar de prisión preventiva, cuyo tiempo de reclusión rebase el que pudiera representar la pena privativa de la libertad en una sentencia condenatoria.
Luego de las denuncias en el sentido de que un caso de violación hasta un año después solo tiene medidas cautelares, y de algunos detenidos que se encuentran en cárceles por plazos mayores a los tiempos procesales normales de investigación, la funcionaria dijo que a raíz de esta situación pidió a los jueces de las que tienen mayor antigüedad y que no se ha pronunciado algunas sentencia todavía, que presenten sus informes.
Recordó que sin embargo y en lo que en apariencia es la tardanza de los juicios, por naturaleza jurídica debe imperar el derecho de la defensa en ambos sentidos,
Recordó que en ocasiones, hay juicios de amparo y diversos recursos o reposiciones de procedimientos, que provocan que no salgan las sentencias, ya sea absolutorias o condenatorias, pero no se debe a la inactividad judicial y a recursos interpuestos por algunas de las partes en conflicto.
Juzgó que no es normal ni común que se pueda tardar un juicio, pero sí hay actividades jurisdiccionales excepcionales, en las que con juicios de amparo se alargan los procedimientos, por los mismos recursos de la defensa.