Apenas tres meses después de aprobar el delito de "mensajes intimidatorios", el Congreso del Estado ya revisa cambios a la reforma impugnada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
El secretario de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Héctor Serrano Cortés, informó que el área jurídica del Poder Legislativo analiza modificar la redacción del tipo penal, aunque rechazó que la acción de inconstitucionalidad promovida ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) evidencie deficiencias en la técnica legislativa.
El legislador del PVEM explicó que la revisión ya comenzó y alcanzó a la propia impulsora de la reforma, la diputada petista Leticia Vázquez Hernández. "Hay una valoración que se está haciendo por parte del jurídico del Congreso para modificar y no tener la necesidad ni siquiera de llegar a una interpretación de la Corte", afirmó Serrano, quien insistió en que las impugnaciones forman parte del proceso de control constitucional y no significan, por sí mismas, que una ley haya sido elaborada de manera incorrecta.
La revisión ocurre mientras la SCJN analiza la acción de inconstitucionalidad presentada por la CNDH contra el artículo 170 Ter del Código Penal de San Luis Potosí. El organismo sostiene que el delito fue redactado con conceptos ambiguos, como "temor colectivo" y "alteración del orden público", sin establecer parámetros objetivos que delimiten la conducta sancionable, lo que —advirtió— abre la puerta a interpretaciones arbitrarias y podría afectar el ejercicio de la libertad de expresión.
Por separado, Vázquez Hernández defendió que la reforma buscó sancionar la difusión de las llamadas "narcomantas" y proteger a la población frente a ese tipo de mensajes. Sin embargo, reconoció que el Congreso ya valora realizar ajustes antes de que exista una resolución de la Corte. La legisladora afirmó que, si se detectan disposiciones ambiguas, éstas podrán corregirse durante el proceso de revisión.
El delito de "mensajes intimidatorios" fue aprobado por el Congreso el 23 de abril y entró en vigor el 8 de mayo. La reforma prevé penas de dos a cinco años de prisión y multas de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quien elabore, coloque, difunda o exhiba públicamente mensajes con amenazas que, de acuerdo con la ley, sean capaces de generar temor colectivo o alterar el orden público; precisamente esos conceptos son los que la CNDH pidió invalidar por considerar que carecen de parámetros objetivos.