La reducción de los tiempos de precampaña y de obtención de respaldo ciudadano para candidaturas independientes en San Luis Potosí fue impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La segunda acción de inconstitucionalidad presentada contra las reformas a la Ley Electoral del Estado cuestiona el decreto 0586, publicado el 12 de agosto, que también modificó el calendario del proceso electoral local rumbo a 2027.
La acción fue presentada por la dirigencia nacional de Somos, encabezada por Guadalupe Acosta Naranjo, a propuesta de su comité estatal en San Luis Potosí.
El partido cuestiona que las precampañas para la gubernatura pasaran de 40 a 20 días, al igual que el periodo para obtener respaldo ciudadano para validar una candidatura independiente al mismo cargo. En diputaciones y ayuntamientos, los plazos se redujeron de 25 a 20 días.
De acuerdo con los argumentos de la impugnación, establecer los mismos periodos para los distintos cargos no genera necesariamente las mismas condiciones de participación, debido a las diferencias entre fuerzas políticas con estructuras, presencia territorial y organización consolidadas y nuevas fuerzas políticas y candidaturas independientes.
La acción también cuestiona que las modificaciones se hayan realizado sin garantizar la consulta previa a pueblos y/o comunidades indígenas y afromexicanas, así como a personas con discapacidad.
Somos señala que la reducción de los plazos puede incrementar las barreras territoriales, lingüísticas, físicas, digitales y de comunicación para estos sectores.
También refiere que la SCJN ya había invalidado disposiciones de la legislación electoral potosina por deficiencias en procesos de consulta y establecido obligaciones para el Congreso local.
Esta es la segunda acción de inconstitucionalidad promovida por Somos contra reformas electorales aprobadas este año en San Luis Potosí.
La primera correspondió al decreto 0571 y la nueva impugnación al decreto 0586, considerado por el partido un acto posterior e independiente.
El decreto fue aprobado por el Congreso del Estado con 13 votos a favor y 10 en contra y establece que las precampañas para la gubernatura se realicen del 20 de enero al 8 de febrero del año electoral, y las de diputaciones y ayuntamientos del 4 al 23 de febrero.
Además, contempla 90 días naturales para que el CEEPAC adecue su normativa.