En la Corte, ley que castiga terapias de conversión en SLP

La legislación fue impulsada con el objetivo de prohibir esfuerzos para corregir orientaciones sexuales

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) llevó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la reciente reforma al Código Penal de San Luis Potosí que sanciona las terapias de conversión.

El pasado 17 de diciembre de 2025, su presidenta, María del Rosario Piedra Ibarra, presentó una acción de inconstitucionalidad para invalidar diversos apartados del artículo 190 Bis, al considerar que la norma contiene fallas graves que podrían vulnerar derechos en lugar de protegerlos.

Aunque la legislación estatal fue impulsada con el objetivo de prohibir los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIEG), la CNDH advirtió que su redacción carece de rigor técnico.

De acuerdo con el organismo, las inconsistencias detectadas no solo generan incertidumbre jurídica, sino que podrían derivar en la desprotección de las víctimas o en la imposición de sanciones injustas.

Uno de los puntos más delicados señalados en la impugnación es el trato que la ley otorga a los familiares directos. La reforma establece que, cuando el responsable de estas prácticas es el padre, la madre o el tutor, la sanción se limita a una "amonestación" o "apercibimiento".

Para la CNDH, esta penalidad resulta alarmante, ya que equivale a un simple regaño y no garantiza justicia ni protección efectiva para los menores de edad, quienes suelen ser las principales víctimas dentro del entorno familiar.

La acción de inconstitucionalidad también cuestiona la falta de precisión en varios conceptos legales. La norma utiliza términos como "relación doméstica" como agravante para aumentar las penas, sin definir su alcance.

Esta ambigüedad, explicó el organismo, viola el principio de taxatividad, pues permite interpretaciones discrecionales por parte de jueces y autoridades, generando incertidumbre tanto para las víctimas como para las personas acusadas.

Finalmente, la CNDH puso bajo revisión las sanciones dirigidas a servidores públicos, ya que la ley contempla su destitución e inhabilitación para cargos "similares", un concepto que calificó como impreciso.

Con este recurso, el organismo busca que la Suprema Corte obligue al Congreso local a corregir estas deficiencias y a garantizar que San Luis Potosí cuente con una legislación clara y efectiva que sancione con rigor las terapias de conversión y proteja el libre desarrollo de la personalidad y los derechos humanos.