La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantuvo vigente la reforma electoral de San Luis Potosí, pese a los cuestionamientos por permitir evaluaciones de control de confianza a aspirantes a cargos públicos y no consultar a pueblos indígenas y personas con discapacidad.
La resolución también confirmó la reducción de sindicaturas en los ayuntamientos y el registro electrónico de candidaturas.
Al resolver las acciones de inconstitucionalidad promovidas por Somos y el Poder Ejecutivo Federal, la Corte respaldó los cambios aprobados por el Congreso potosino mediante el Decreto 0571.
La aplicación de controles de confianza fue uno de los puntos más divididos: obtuvo cinco votos a favor y cuatro en contra, pese a que las instituciones encargadas de estas evaluaciones están diseñadas para operar en el ámbito de la Seguridad Pública.
Las ministras Loretta Ortiz, María Estela Ríos, Lenia Batres y Yasmín Esquivel rechazaron que estos centros amplíen sus funciones al terreno electoral.
Consideraron que el carácter voluntario de las pruebas no elimina el posible conflicto de competencias, aunque la mayoría sostuvo que no representan un requisito para obtener una candidatura.
La Corte también descartó, por seis votos contra tres, que la reforma obligara a consultar previamente a comunidades indígenas, afromexicanas y personas con discapacidad.
Sin embargo, la ministra Loretta Ortiz advirtió que el Congreso todavía debe cumplir una sentencia anterior que le ordena realizar consultas sobre determinadas disposiciones electorales.
La nueva resolución no elimina ese mandato.
Además de mantener la reducción a una sindicatura por ayuntamiento y el registro digital de candidaturas, la SCJN descartó irregularidades en el procedimiento legislativo y consideró que el decreto se publicó dentro del plazo constitucional previo al proceso electoral, que comenzará el 15 de noviembre.
Con ello, los cambios quedaron firmes, pero el Congreso potosino todavía tiene pendiente cumplir las consultas ordenadas por la propia Corte.