El gobierno estatal "revivió" un trámite de la Dirección de Registro Civil derogado de la Ley de Hacienda hace 14 años, mediante el cual, cobra a los usuarios que necesitan rectificar datos en sus documentos mil 234.10 pesos, lo que ya ha generado molestias en algunos colectivos afectados.
Se trata de la fracción VII del artículo 38 de la Ley de Hacienda del Estado, que establece las tarifas de los derechos vinculados a la rectificación administrativa de los documentos oficiales.
Hasta 2011, esa fracción establecía una tarifa equivalente a dos veces el salario mínimo por la aclaración o corrección de enmiendas en actas del registro civil, pero fue derogada al año siguiente.
El Ejecutivo la reactivó en diciembre de 2025, al incluirla en su reforma a la Ley de Hacienda de este año, que fue aprobada en diciembre por el Congreso.
La Secretaría de Finanzas argumentó que era necesaria la inclusión del derecho para armonizar una modificación realizada en 2023 a la Ley del Registro civil que "creaba" la figura de rectificación administrativa de documentos, para enmendar o modificar datos como la identidad de las personas, nombre, apellidos, sexo, género y otros, siempre que no se modificara la filiación.
La reforma estuvo vigente desde julio de 2023, pero fue hasta diciembre cuando el Ejecutivo procedió a "armonizar" la reforma con la legislación fiscal, se propuso incorporar nuevamente el rubro derogado 14 años antes, ahora como "rectificación administrativa", en la fracción VII del artículo 38 de la Ley de Hacienda, asignándole una tarifa del equivalente a 10.25 Unidades de Medida y Actualización. El valor de la UMA este año es de 117.31 pesos, lo que ubicó el pago de la enmienda en mil 234.10 pesos. A eso se le agregaría el costo de la anotación marginal del libro del Registro Civil donde se encontrara el acta rectificada, que sumaba 99.71 pesos al cobro para dejar el costo del trámite en mil 333.81 pesos.
El nuevo cobro generó en enero pasado una protesta en el Congreso del Colectivo "Todes Trens", por considerar que anteponía al derecho humano de elección de identidad de género de la población trans y no binaria al cumplimiento de una obligación económica.