SCJN anula tarifa municipal para energía eólica en Villa de Arriaga

Determinó que el cobro municipal excedía facultades y afectaba proyectos de energía

Una tarifa de 72 mil 732 pesos por construir instalaciones de energía eólica en Villa de Arriaga quedó sin efecto después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el cobro rebasaba las facultades locales e invadía competencias exclusivas de la Federación.

La disposición había sido incorporada a la Ley de Ingresos municipal de 2026 y fue defendida por las autoridades estatales bajo el argumento de que correspondía a un trámite de construcción.

El cobro equivalía a 620 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por licencia y estaba previsto en el artículo 22, fracción XIV, inciso h), dentro de los derechos por servicios de planeación. El problema jurídico, según la resolución, no era la facultad municipal para expedir permisos, sino establecer una tarifa dirigida específicamente a instalaciones destinadas a generar electricidad, un sector cuya regulación corresponde al ámbito federal.

La controversia constitucional 176/2026 fue promovida por el Ejecutivo Federal el 16 de febrero de este año contra los poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado. En su defensa, el Congreso local sostuvo que los ayuntamientos pueden autorizar construcciones y controlar el uso de suelo, mientras que el Gobierno estatal argumentó que el cobro no regulaba la operación eléctrica, sino las condiciones físicas y territoriales de las obras. La Federación advirtió que gravámenes de este tipo podían encarecer los proyectos de generación energética.

El Pleno aprobó la invalidez por siete votos contra dos, con un proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama. La decisión estableció que las atribuciones municipales sobre construcción y uso de suelo no permiten fijar cobros específicos que interfieran en una materia reservada a la Federación.

Los ministros Giovanni Azael Figueroa Mejía y Sara Irene Herrerías Guerra votaron en contra. Herrerías consideró que la disposición correspondía al cobro de derechos por servicios de planeación y expedición de licencias, no a una autorización para generar electricidad, y anunció un voto particular. El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, respaldó la resolución, aunque se apartó de algunas consideraciones del proyecto.