UASLP acredita sanciones vs. académico denunciado

Validó querella por violencia de género hecha por exalumna

La Defensoría de los Derechos Universitarios (DDU) de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) acreditó que en el caso de una denuncia en contra de un académico de la Facultad de Ciencias incurrió en violencia de género en perjuicio de una exalumna, cuando esta cursaba la carrera, por lo que recomendó la aplicación de sanciones en su contra.

Defensoría de Derechos Universitarios emite dictamen

En un dictamen emitido el pasado 27 de abril, al que tuvo acceso este medio, la Defensoría determinó, tras una investigación interna, que César Gabriel N., académico de la Facultad de Ciencias de la UASLP, sí incurrió en conductas contrarias al ejercicio de sus funciones académicas, además de acreditar actos de violencia de género en perjuicio de la denunciante.

Detalles de la denuncia y proceso

Se trata de Isabel, una exalumna que denunció que el 11 de diciembre de 2025 cometió presuntos actos de violencia de género en su contra. En la denuncia se señalan presuntas agresiones físicas y conductas previas de connotación sexual, cometidas en el ejercicio de sus funciones como docente, además de consumo de alcohol dentro del lugar y horario de trabajo.

En diciembre ocurrió un incidente violento en un departamento del académico, lo que originó una denuncia ante la Fiscalía General del Estado y otra ante la DDU, que derivó en la investigación de la que ahora se informan los resultados.

Recomendaciones y procedimientos para sanciones

En su dictamen, la Defensoría recomendó las sanciones previstas en el artículo 178 del Estatuto Orgánico de la UASLP –que puede ir desde una amonestación o extrañamiento hasta la expulsión definitiva– bajo la coordinación con la Abogada General. Así como del artículo 138 –que indica que será la Comisión Institucional de Justicia Universitaria el órgano determinante, instructor y sancionador–. Y una vez emitido el resolutivo por la Defensoría de los Derechos Universitarios, el mismo será notificado a las partes quienes cuentan con cinco días para realizar las manifestaciones que estimen pertinentes.