Un tribunal federal revocó la orden emitida por un juez para que los recursos asignados a los proyectos prioritarios del presidente Andrés Manuel López Obrador sean reorientados para atender la pandemia por Covid-19.
Al resolver un recurso de queja tramitado por el gobierno federal contra la suspensión concedida por el Juez Segundo de Distrito en el estado de Baja California para que se reasignaran los recursos del Tren Maya, el Aeropuerto de Santa Lucía, la refinería de Dos Bocas, entre otros, para atender la pandemia por Covid-19, los magistrados revocaron dicha determinación.
El Sexto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito consideró que el juez de amparo no precisó los alcances ni se limitó la suspensión concedida y que el juzgador tampoco reflexionó sobre las repercusiones de haberla concedido de manera genérica y ambigua.
Además, indicó que solamente la Cámara de Diputados tiene la facultad de determinar cómo se realizará el gasto público.
"Determinar la forma de erogar el gasto público es una facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, con lo cual se reafirma su calidad de representantes del pueblo y su principal encomienda que es la de representar los intereses del pueblo y lograr que el gasto público se ejerza con eficacia, transparencia y honradez", señalaron los magistrados.
"Es improcedente otorgar la suspensión en los términos decretados por el a quo porque con ello se afectaría una manifestación de la voluntad soberana del poder constituyente, cuyo ejercicio reviste características de soberanía y discrecionalidad, respecto de la cual no puede tener injerencia un gobernado a través de la suspensión decretada en el juicio de amparo".
Por ello, el tribunal Colegiado determinó que no se puede suspender provisionalmente la forma en que se ejercerá el gasto público según lo establecido en el PEF 2020.