Muere bebé por “negligencia” en IMSS de Valles

CNDH constató atención médica inadecuada; emite recomendación al Seguro Social y a la Procuraduría

Muere bebé por “negligencia” en IMSS de Valles

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Debido a una “negligencia por omisión” al no detectar factores de riesgo cometida por un médico del Hospital General de Zona No. 6 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Ciudad Valles, el bebé de una mujer embarazada falleció, acreditó una investigación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

En materia penal, reveló que tres policías ministeriales de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) que integraron la averiguación previa del caso, omitieron declararse incompetentes y turnarlo a la PGR por tratarse de un funcionario federal, aunado a que durante un año y medio tuvieron inactividad en la investigación.

Según el expediente CNDH/5/2014/6247/Q, el 2 de agosto de 2014 la mujer acudió a consulta donde el ginecólogo determinó practicar una cesárea y en el expediente médico existía la alerta de “alto riesgo obstétrico”. Sin embargo, al día siguiente se presentó en urgencias gineco-obstétricas tras presentar dolor lumbar y abdominal.

Una vez ahí, otro médico la atendió, pero omitió tomar en cuenta antecedentes médicos de un aborto dos años antes y el retiro de DIU por laparoscopia a causa de perforación uterina.

Pese a ello, determinó que debía ser sometida a trabajo de parto.

Por la noche, el médico se percató de varias complicaciones, por lo que solicitó trasladarla a quirófano para practicarle una cesárea urgente por sufrimiento fetal agudo, lapso en el que la víctima perdió el conocimiento. Al despertar, se le informó que su bebé había sufrido muerte cerebral.

Aunado a ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos constató que, al momento de la atención en el complejo hospitalario no se le practicó un ultrasonido que requería por la ausencia de médico radiólogo.

Según el Dictamen Médico Forense de la CNDH del 3 de noviembre de 2015, la atención médica proporcionada fue “inadecuada, incurriendo en negligencia, lo que determinó la afectación directa en la salud del producto y su posterior fallecimiento”.

Por las omisiones del galeno, la Coordinación Delegacional de Atención y Orientación al Derechohabiente del IMSS, determinó “treinta notas de demérito” como sanción administrativa, sin responsabilidad laboral para el resto del personal institucional que intervino en la atención de la parturienta.

Derivado de todo lo anterior, la CNDH emitió la Recomendación 79/2017 a Tuffic Miguel Ortega, director general del IMSS y Federico Arturo Garza Herrera, titular de Fiscalía General del Estado (FGE).

Al funcionario federal, le recomendó reparar el daño ocasionado a las dos víctimas, otorgarles atención psicológica y tanatológica; inscribirlos en el Registro Nacional de Víctimas y colaborar en las investigaciones de la PGR y el Órgano Interno de Control del IMSS, respectivamente; gestionar presupuesto para personal en Radiología y capacitar al personal en perspectiva de género.

Mientras que a Garza Herrera lo instó a: declinar su competencia a favor de la PGR; colaborar con este organismo en la queja que se presente ante el organo interno de control de esa dependencia en contra de los responsables, además de impartir un curso con énfasis en los derechos humanos de las víctimas.