Amparos permiten comercialización de cigarros electrónicos

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Amparos permiten comercialización de cigarros electrónicos
Foto: Archivo

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Para las personas a favor de la comercialización de cigarros electrónicos en México, la prohibición de estos productos se basa en una interpretación "sui generis" del artículo 16 fracción VI de la Ley General para el control del Tabaco.

Así lo indicó la responsable de la coordinación de las áreas de regulación sanitaria a nivel nacional, de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), Marcela Madrazo Reynoso.

El apartado prohíbe la distribución, comercialización o promoción de cualquier objeto que contenga alguno de los elementos del tabaco o cualquier diseño que lo identifique con dicho producto.

Pese a ello, la comercialización e importación de cigarros electrónicos en el país ha sido posible gracias a amparos interpuestos por algunas de las principales compañías tabacaleras, como British American Tobacco.

"Los jueces han privilegiado al artículo constitucional que habla de la libertad de comercio, sobre el cuarto constitucional que habla de la protección a la salud", dijo la egresada de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).

Durante el simposio "Vapeo o Salud", detalló que el caso más reciente que refleja esta situación ocurrió luego de que la tabacalera con sede en Londres, obtuvo un amparo que le concedió la importación de cigarros electrónicos al país.

"Se aseguraron los productos en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, pero el juez dijo que se tenían que liberar porque estábamos violando una orden judicial", señaló Madrazo Reynoso.

Anteriormente, en 2015 y 2017, el máximo tribunal del país había otorgado dos de estos recursos a asociaciones de vapeadores con el argumento de no proporcionalidad.

En ese entonces, "la Suprema Corte dijo que el tabaco es un producto que está regulado, pero es lícito. Estos dispositivos que ya demostraron ser menos dañinos que el tabaco no están permitidos, entonces no hay proporcionalidad", indicó la especialista.

Incluso, según documentaron los medios de comunicación, se pedía que se declarara inconstitucional la aplicación del artículo 16.

Madrazo Reynoso aseguró que por estos amparos en algunos estados no se han realizado operativos para el aseguramiento de estos productos; en los que sí se han hecho (22 entidades) se han asegurado vapeadores, boquillas, atomizadores, líquidos, cartuchos y baterías.

Además, señaló que debido a un vacío en el artículo 23 de la Ley General para el Control del Tabaco, en el que no se prohíbe en 100 por ciento la publicidad del mismo, aunado a un amparo a British Tabaco, estos productos han logrado promocionarse en Internet.

"Como autoridad sanitaria nos atan las manos", dijo, aunque aseguró que la Cofepris no autorizará ningún registro sanitario a estos dispositivos debido a que se carece de evidencia científica que demuestre su efectividad en la cesación del tabaco.

"Estos dispositivos en cualquiera de sus modalidades constituye un riesgo para la salud de los usuarios y de aquellas personas que están alrededor", dijo Madrazo Reynoso.

En la actualidad, sólo siete países del continente americano han prohibido la comercialización de estos productos entre ellos México, Venezuela, Argentina, Brasil, Surinam, Paraguay y Uruguay.

Mientras que seis países, incluido Estados Unidos, lo han reglamentado como un producto de tabaco; tres más para dejar de fumar y 19 naciones ni lo controlan ni reglamentan.

Posible regulación

En el país, según datos de la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (Encodat), en 2016 cinco millones de personas utilizaron por primera vez los cigarros electrónicos, mientras que cerca de un millón de adolescentes lo utilizó al menos una vez.

Ante una posible regulación de estos productos, el director de la Oficina Nacional para el Control del Tabaco de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), Juan Arturo Sabines Torres, mencionó que se debería prevenir la iniciación en jóvenes y no fumadores, no minimizar los riesgos a la salud y evitar que se le atribuyan propiedades terapéuticas que no han sido comprobadas.

"La regulación de estos productos no menoscabe las políticas para el control de tabaco", concluyó.

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