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Juez ordena suspender obra en Tren Maya

Por El Universal

Junio 20, 2024 03:00 a.m.

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Cancún, QR.- Una nueva suspensión definitiva, dictada por el Juzgado Primero de Distrito, con sede en Mérida, Yucatán, ordena frenar las obras del Tren Maya en el Tramo 5 Sur, que va de Playa del Carmen a Tulum, en tanto se dicta la sentencia como parte del juicio de amparo 821/2022.

El juez Adrián Fernando Novelo advierte que, de mantener los trabajos de construcción en ese tramo, “se causarían daños (...) que podrían ser irreparables”.

Además, confirma que el gobierno federal, a través de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Fonatur Tren Maya y las empresas a cargo de la ejecución de las obras, han violentado la autorización de impacto ambiental expedida por la Semarnat, en junio de 2022, realizando actividades prohibidas.

La conclusión del juez se basa en el informe con número PFPA/4.1/8C. 17.3/0146/2024, que fue remitido por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) sobre el incumplimiento con la condicionante 26 del resolutivo de impacto ambiental. El informe se desprende del recorrido de inspección realizado del 19 de febrero al 5 de marzo de este año por el derrame de cemento en cavernas diversas.

Lo encontrado por la Profepa, según su informe, fueron camiones revolvedores realizando el lavado de la olla en sitios “no autorizados”; derrame de cemento en las cavernas Garra de Jaguar, X’tun, Manitas “o Oppenhimen [sic] y Ocho Balas [o dos balas]”, con motivo de la construcción de pilotes que soportarán el viaducto elevado donde correrá el tren en el Tramo 5 Sur, “cemento que se solidificó en las áreas secas y cayó en el cuerpo de agua presente en las cavernas afectadas”.

También se mencionan ademes “en proceso de oxidación en un tiro vertical sin nombre”; el colapso de techo o bóveda de un cenote sin nombre; la modificación de topoforma de las cavernas por las perforaciones del material pétreo para la construcción de pilotes, y la extracción de agua sin contar con autorización de la autoridad.

Además, el “relleno y sepultamiento con material pétreo de cavernas sin nombre, ubicada a la altura del cenote Manitas, y restos de material pétreo derivados de perforación dispuestos en el manto acuífero de una caverna”.