La CDMX prohibirá la explotación y venta de animales en tianguis para evitar riesgo epidemiológico

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La CDMX prohibirá la explotación y venta de animales en tianguis para evitar riesgo epidemiológico

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Los nuevos lineamientos para el Sistema de Mercados Sobre Ruedas publicados en la Gaceta Oficial indican que en la Ciudad de México se prohibirá la venta y explotación de animales.

De acuerdo con la organización Igualdad Animal, en la página 14, artículo 42, puede leerse: “En los Mercados Sobre Ruedas queda estrictamente prohibido… la venta y explotación de animales”.

En caso de que dichos lineamientos sean incumplidos, las sanciones podrían ser: suspensión de labores de 2 a 90 días, cancelación de registro y destitución del representante.

A partir del 6 de agosto, los comerciantes (tianguistas) tendrán un plazo de 90 días para actualizar su registro ante el Gobierno. Esta medida deberá ser acatada por distribuidores, fabricantes, comerciantes y artesanos que trabajan en los tianguis de la ciudad.

Esta nueva medida se sumará a la iniciativa de ley nacional que busca prohibir los lugares destinados a la matanza y venta de animales que no cuenten con las medidas sanitarias necesarias o representen un riesgo epidemiológico.

La iniciativa nacional establece modificaciones a la Ley Federal de Sanidad Animal, la Ley General de Salud y el Código Penal Federal para prohibir y sancionar establecimientos que maten y comercialicen animales en condiciones insalubres que puedan propiciar el desarrollo de enfermedades zoonóticas.

También prevé impulsar la coordinación entre la Federación y los municipios para la clausura de mercados sobre ruedas y centrales de abasto que no cuenten con las medidas zoosanitarias necesarias para garantizar la seguridad de los alimentos o representen un riesgo epidemiológico.

Asimismo, plantea la reforma a la Ley General de Salud para considerar la matanza de animales en vía pública como un delito especial.

Además, busca la reforma al Código Penal Federal para que quien comercialice alimentos, sustancias o animales que por falta de higiene o cumplimiento de normas zoosanitarias representen un riesgo para la salud humana, sea sancionado.

Se pretende aplicar una pena privativa de libertad a quien opere un rastro clandestino.