ONU-DH destaca figura de "jueces sin rostro" en reforma al PJF
Resaltó que hay que proteger a las personas juzgadoras
La oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) destacó la figura de los "jueces sin rostro" como una medida de protección, además de que valora la competencia de las personas juzgadoras.
A través de redes sociales, la ONU-DH México señaló que la figura "impide conocer la identidad de la persona que juzga, así como valorar su idoneidad y competencia".
Resaltó que hay que proteger a las personas juzgadoras "sin vulnerar el derecho a un juicio justo, ante un tribunal independiente e imparcial".
La figura de "jueces sin rostro", que permite proteger la identidad de las y los juzgadores que emitan sentencias en contra del crimen organizado, fue incluida en el dictamen de la reforma judicial aprobada este lunes 26 de agosto en la Comisión de Puntos Constitucionales, luego de que el pasado 20 de agosto el presidente Andrés Manuel López Obrador sugirió incorporarlos a su reforma constitucional que presentó el 5 de febrero de 2024.
Integran "jueces sin rostro" a reforma judicial para proteger sentencias antinarco
Las y los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales aprobaron este lunes, en lo particular, la reforma judicial propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
El dictamen quedó avalado por 22 votos a favor por parte de Morena, PT y PVEM, así como 18 sufragios en contra por parte del PRI, PAN, PRD y MC.
En el debate, que se prolongó por más de cinco horas, se aprobó una sola reserva de Morena, la cual fue bautizada como "jueces sin rostro", para proteger la identidad de las y los juzgadores que emitan sentencias en contra del crimen organizado.
La modificación se realizó mediante una reserva presentada por los diputados guindas Lidia García y Salvador Caro, después de que el pasado 20 de agosto, el presidente López Obrador sugirió incorporarlos a su reforma constitucional que presentó el 5 de febrero de 2024.
Se establece que "tratándose de delincuencia organizada, el órgano de administración judicial podrá disponer de las medidas necesarias para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras, conforme al procedimiento que establezca la ley".
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