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El derecho a la reputación online

Por Marco Iván Vargas Cuéllar

Octubre 17, 2024 03:00 a.m.

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Es verdad que México atraviesa por un proceso de reforma institucional mayor. No habíamos visto algo semejante desde finales del siglo pasado (no mire ahora, pero ya llevamos casi un cuarto de siglo del siglo XXI), cuando nuestro país vivió una reforma del Estado de proporciones mayúsculas. Las condiciones del contexto ya las he descrito ampliamente: las crisis política y económica propiciaron un escenario de transformaciones institucionales que representaron la respuesta del sistema político ante su notable deterioro. Fueron estas reformas las que permitieron evitar que el evidente estado de entropía del sistema terminara en su colapso. No necesito describir las consecuencias de lo que pudo haber ocurrido.

No discutiremos ahora la relación entre el contexto político y la pertinencia de las reformas propuestas, aprobadas o por implementarse. Hoy quiero contribuir, más bien, a una discusión ausente —una más— en la opinión pública: la eventual desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y de los 32 órganos garantes en cada una de las entidades federativas. Soy de la idea de que el marco de las reformas institucionales debe partir del máximo beneficio para la ciudadanía. Me referiré al derecho de supresión, también llamado derecho al olvido, relacionado con la posibilidad de que las personas puedan preservar su reputación a partir de la información que circula por internet.

Consideremos el siguiente caso hipotético. Imagine que Carla, una joven profesional en México, fue acusada injustamente de un delito de fraude hace cinco años. Aunque fue absuelta y un tribunal dictaminó que su nombre debía ser limpiado, los detalles de su caso siguen apareciendo en los resultados de búsqueda de internet al introducir su nombre. A pesar de que algunas noticias originales fueron actualizadas con la resolución de su absolución, los titulares sensacionalistas que hablaban de su presunta culpabilidad prevalecen, afectando su reputación personal y profesional.

Cada vez que Carla aplica a un nuevo empleo o intenta establecer relaciones comerciales, los empleadores o socios potenciales que investigan su nombre en internet encuentran artículos antiguos vinculados a su presunto delito, sin la actualización del desenlace judicial a su favor. Esto le ha impedido acceder a varias oportunidades de empleo y ha generado prejuicios que afectan su vida diaria.

En México existe el derecho de cancelación, que forma parte de los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) establecidos en las leyes de protección de datos personales. Estos otorgan a las personas la posibilidad de solicitar que sus datos personales sean eliminados de los archivos, bases de datos o sistemas de una entidad u organización. Sin embargo, el derecho de cancelación en México no es suficiente, ya que solo obliga a la eliminación de los datos en bases de datos controladas por las entidades que originalmente los recolectaron. La información en los motores de búsqueda sigue disponible públicamente, lo que genera un daño continuo. La falta de un mecanismo robusto para el derecho de supresión en México deja a Carla sin la posibilidad de solicitar la eliminación de enlaces a información obsoleta o incorrecta que afecta su honor y reputación.

La Unión Europea contempla el derecho al olvido en el Reglamento General de Protección de Datos. Este derecho fue reconocido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2014 en el famoso caso de Google Spain contra la Agencia Española de Protección de Datos. A partir de esa sentencia, Google implementó un proceso para gestionar estas solicitudes en Europa, eliminando ciertos enlaces de los resultados de búsqueda cuando se acceden desde dominios europeos. Si se busca un nombre exacto en Europa, lo más probable es que Google no arroje resultados, cumpliendo así con las normativas de los países de la UE. Sin embargo, fuera de Europa, como en México, donde no existe una regulación equivalente, la información sigue siendo accesible.

Ahora que se habla de reformas institucionales mayores, las y los legisladores harían bien en considerar estos referentes europeos para avanzar hacia un marco regulatorio más completo, similar al derecho de supresión en la Unión Europea. Esto permitiría a las personas solicitar la eliminación de información perjudicial o irrelevante en los motores de búsqueda, protegiendo su privacidad y garantizando que su reputación se base en información actual y precisa.

X. @marcoivanvargas