Patos y escopetas

En esta columna hemos dedicados varias entregas a explicar las razones por las cuales el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción en San Luis Potosí se constituyó en contra de la ley; hemos sido prolijos en dar cuenta de como la Comisión de Selección que lo nombró decidió olímpicamente dejar de lado la obligatoriedad de la paridad de género y, además, designar a una persona legalmente impedida para conformarlo. Incluso, a la fecha existe un juicio de amparo promovido por una de las integrantes designadas en dicho Comité que está impugnando la integración d ese órgano.

Desde que la Comisión de Selección dijo que había concluido con su trabajo, conformando el Comité, se ha desentendido del asunto y ha seguido la ruta de “hacerse patos” y dejar que las cosas sigan por sí mismas. Hoy en día, no he encontrado noticia de que se haya tomado la protesta a los integrantes del Comité en la forma constitucionalmente pertinente, además de que, al parecer, ni siquiera se ha hecho formal la designación mediante la publicación correspondiente en el Periódico Oficial del Estado.

La protesta obligatoria se contiene en el artículo 128 de la Constitución del Estado, que señala que todo funcionario, antes de tomar posesión de su empleo, hará la protesta de guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las leyes emanadas de ambas y desempeñar fielmente sus deberes; por su parte, el diverso artículo 70 de la misma Constitución determina que, además de las leyes, reglamentos, circulares, convenios, deberá publicarse cualquier otra disposición de observancia o interés general, en el Periódico Oficial del Estado. Tomando en cuenta que los integrantes del Comité son servidores públicos y su designación es una disposición de interés general, poco más hay que decir.

Por eso, aunado a la irregularidad que fluye por las venas del Comité, varias entidades públicas han decidido no hacer ronda ni complicidad con el Comité de Participación Ciudadana y, con razón, los ha ignorado hasta que se resuelva lo necesario para que la legalidad vuelva, luego de la patada en el trasero que le dio la Comisión de Selección. El Contralor General del Estado, la Auditora Superior del Estado, el Fiscal General del Estado, la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública y el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado y el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa han decidido marcar una sana distancia.

Sin embargo, ahora se sabe que el ciudadano impedido para integrar el Comité de Participación Ciudadana ha presentado una demanda de juicio político contra las autoridades que se han mencionado, porque no han asistido a las convocatorias que ha formulado el Comité.

Ha pretendido dar un escopetazo que, como muchos casos de este tipo de procedimientos de responsabilidad, el que promueve esta persona es, a todas luces, improcedente, pues no cumple con los requisitos de procedibilidad que marcan la Constitución estatal y la ley de la materia, pues no se actualiza ninguno de los supuestos del artículo 125 de la Constitución del Estado y 10 de la Ley del Juicio Político y Declaración de Procedencia para el Estado de San Luis Potosí.

Ya veremos cuando el Congreso del Estado rechace la procedencia, como se buscará culpar a los Diputados de algo que solo tiene un responsable: la Comisión de Selección, que recibió un mandato del Poder Legislativo, el cual decidió dejar de lado, arrumbado en un rincón junto con la legalidad, la Constitución y las leyes aplicables.
Los Legisladores tienen la palabra.

@jchessal