CEGAIP tiene hasta 50 días para responder

La Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) informó que el plazo de 50 días para procesar un recurso de revisión, pues la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública posibilita, además de un plazo de 30 días, 20 días adicionales, si se cumplen algunas condiciones.
En un comunicado, la dependencia autónoma rechazó versiones que señalan que la Comisión incumple la Ley al resolver los recursos de revisión en plazos que exceden los 30 días.
La Comisión explicó que el artículo 34 de la Ley da atribuciones al Pleno para interpretar y aplicar las disposiciones.
“Por ello, ninguna otra autoridad ni Estatal, ni Municipal, ni la población en general podrá dar alguna interpretación a la normatividad que regula tanto el acceso a la información como la protección de datos personales que es el fundamento principal de la autonomía”, señala.
Luego indica que el artículo 170 de la Ley da un plazo de 30 días para resolver los recursos de revisión, pero da posibilidades que se amplíe por una sola vez y hasta por un periodo de veinte días.
Por lo que, indica, “el término total para poder resolver es de 50 días, y no como inexactamente se aduce que sólo son 30 días los que se tiene para resolver”.
Los Lineamientos sobre recursos de revisión exponen las justificaciones para alargar los términos, entre las que están que sea necesario realizar diligencias para mejor resolver; cuando las constancias del expediente sean voluminosas y su análisis requiera de mayor tiempo para su estudio; cuando en virtud de la complejidad del caso en estudio, requiera de mayor tiempo para su análisis y cuando por causa justificada así lo determine el Comisionado Ponente o el Pleno, entre otras.
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