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El Ayuntamiento sí puede ejercer actos de gobierno en Pozos: Chessal

Decreto de nuevo municipio claramente dice que la capital está ejerciendo la autoridad y por lo tanto los servicios

Por Martín Rodríguez

Agosto 02, 2024 03:00 a.m.

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Foto: Pulso

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El artículo quinto transitorio del documento de creación del municipio de Villa de Pozos, establece con claridad que el Ayuntamiento de la Capital debe prestar los servicios en el municipio de Villa de Pozos, en tanto son nombradas las autoridades, advirtió el presidente de la Barra Mexicana de Abogados, Capítulo San Luis, Jorge Chessal Palau.

Comentó que, con toda seguridad, en la Alcaldía se estaba haciendo valer un decreto equivocado, porque claramente dice el artículo quinto transitorio que la capital está ejerciendo la autoridad y por lo tanto los servicios. 

Añadió que incluso, hasta aplicar multas es un acto de autoridad que debe ejercer, en tanto se establece un gobierno formal en el municipio de Pozos.

Recordó que ya hay juicios de amparo en trámite que algunos ciudadanos han promovido por la falta de prestación de servicios de parte de la Alcaldía de la capital.

Agregó que si el Ayuntamiento de la Capital presta servicios de aquí al 1 de octubre en el territorio de Villa de Pozos es absolutamente legal y todo acto de autoridad que incluye las multas de tránsito, es una tarea que debe desarrollar la Alcaldía porque así está escrito el decreto, insistió.